Para mejorar la calidad de vida de las personas con Espina Bífida (EB)
Un legado solidario es la expresión escrita y firmada del deseo de una persona de mejorar el mundo aun cuando ya no está. Un legado se hace dejando por escrito el deseo de la persona en testamento, todas las personas pueden hacer un legado solidario para que, más allá de su vida y respetando los derechos de sus herederos, pueda mantener su compromiso con personas que lo necesitan.
Puedes realizar un donativo a través de ingreso o transferencia bancaria.
Realiza un ingreso o transferencia bancaria en la cuenta: CAIXA: ES24 2100 1570 7202 0010 1188.
Las donaciones efectuadas por particulares a fundaciones y asociaciones declaradas de Utilidad Pública desgravan ahora un poco más, tras la reciente modificación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo mediante el Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo en su disposición final segunda.
El nuevo porcentaje de deducción es del 80% (cinco puntos porcentuales más) para donaciones de hasta 150 €. Si se sobrepasa esta cantidad, el donante se deduce el 35% de la cantidad excedente. Esto significa que alguien que ha donado 100 € puede deducir de la cuota íntegra de su declaración de la renta 80 €, con lo que su esfuerzo económico real será tan solo de 20 €. Si da 200 €, el coste real de su donación será de 72,50 € (al restar el 80% de 150 € y el 35% de los 50 € de exceso).
Un legado solidario es la expresión escrita y firmada del deseo de una persona de mejorar el mundo aun cuando ya no está.
Un legado se hace dejando por escrito el deseo de la persona en testamento, todas las personas pueden hacer un legado solidario para que, más allá de su vida y respetando los derechos de sus herederos, pueda mantener su compromiso con personas que lo necesitan.
Un legado se puede dejar a la persona en particular que se quiera, entendiendo como persona tanto a la física como a la jurídica. Dentro de la categoría de persona jurídica estarían las instituciones, públicas o privadas, lo que incluye a las ONGs como organizaciones sin ánimo de lucro.
Se pueden legar cosas concretas (un inmueble, un coche, joyas, una obra de arte…) o cosas genéricas, por ejemplo un porcentaje del patrimonio, dinero o acciones. La única limitación legal es respetar la cuota de la legítima de los herederos forzosos, nunca sobrepasarla.
Apóyanos y cambia el curso de la vida de las personas con Espina Bífida e Hidrocefalia. Toda ayuda comienza con una decisión: ¡puedes comenzar hoy mismo!
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