Este año con la campaña “Y la espina bífida ¿qué?”, reivindicamos nuestro derecho en relación con el Real Decreto 370/2023, de 16 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161.bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.
Para ello, FEBHI y nuestras asociaciones, estamos recabando evidencias médico/científicas para presentar a la Administración correspondiente, que avalan la significativa reducción de la esperanza de vida en estas personas (algunos estudios hablan de una disminución de hasta 26 años de vida frente a la población general) y se reconozca, por lo tanto, nuestro derecho a una jubilación anticipada al igual que a otras discapacidades similares recogidas en el anexo de dicho decreto. La Administración tiene una deuda pendiente contraída con nosotras desde hace años, ya que se comprometió a reconocer este derecho, sin haberse hecho efectivo hasta el día de hoy.
Por todo esto, siendo claro y evidente que las personas con EB sufrimos una significativa disminución en nuestra esperanza de vida, necesitamos se nos permita ejercer nuestro derecho a una jubilación anticipada.